- Poseer el alta en el impuesto al valor agregado, (IVA), ganancias, o en el Régimen Simplificado para Pequeños Contribuyentes.
- Es decir estar al día con los pagos de los aranceles correspondientes.
- Tener registrada la firma, foto, huella dactilar y documento de identidad en el Sistema Registral, (datos biométricos).
- No tener antecedentes penales en el Registro de Infractores, (Registro Nacional de Reincidencia).
- Poseer el alta en el Sistema de Comunicación y Notificación Electrónica Aduanera, (SICNEA), y en el Sistema Informático de Trámites Aduaneros, (SITA).
En los casos de personas particulares, además se debe cumplir las siguientes condiciones:
- Se deberá acreditar solvencia económica y constituir una garantía.
- Declaración jurada de no estar incluido en los supuestos del artículo 94, apartado 1, inciso d) del Código Aduanero. (Es decir, no contar con antecedentes penales).
- En caso de personas jurídicas, este último requisito se extiende a los directores, administradores, socios, que son responsables en forma ilimitada.
- Presentar certificado de antecedentes expedido por la autoridad policial o por el Registro Nacional de Reincidencia. Lo mismo deberán presentar las personas jurídicas, que abarca a sus directores, administradores y socios, ilimitadamente responsables.